Miembros del Consejo de Estado

Al tratarse de una Asamblea Nacional que cuenta con solo dos periodos ordinarios de sesiones al año, el Consejo de Estado es el órgano colegiado que la representa entre uno y otro período, ejecuta los acuerdos que son propios de la ANPP y cumple las demás funciones que la Constitución le atribuye.

Todos los decretos-leyes y acuerdos que son adoptados por el Consejo de Estado, luego deben ser sometidos a la ratificación de la ANPP en la sesión siguiente.

El Presidente, Vicepresidente y Secretario de la ANPP, lo son a su vez del Consejo de Estado, integrado además por los miembros que la asamblea decida.

No pueden integrar el Consejo de Estado los miembros del Consejo de Ministros, ni las máximas autoridades de los órganos judiciales, electorales y de control estatal.

Para conocer más sobre la conformación y las funciones del Consejo de Estado ingresa al siguiente link.

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